Tiempo de servicio para asignación de retiro Fuerzas Militares y Policía Nacional
Decreto 4433 de 2004
Cómputo tiempo de servicio para asignación de retiro después del año 2005
Cómputo tiempo de servicio para asignación de retiro después del año 2005
Tiempo de escuela (Oficiales, suboficiales,
Nivel ejecutivo, agentes)
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Máximo 2 años
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Tiempo de escuela (Soldados Profesionales)
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Máximo 6 meses
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Tiempo de servicio militar obligatorio en
cualquiera de sus modalidades
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1 año Bachiller
18 meses Razo
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El tiempo que dure como soldado voluntario
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Tiempo de alta como servicio activo
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3 meses
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El tiempo prestado como uniformado en las
extinguidas Policías Departamentales o Municipales, siempre y cuando el
uniformado policial realice el aporte correspondiente a dicho período a la
Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, de acuerdo con las normas
del presente Decreto.
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Se suma los años en esta modalidad
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El tiempo de servicio como Oficial,
Suboficial, miembro del Nivel Ejecutivo, Agente, o Soldado Profesional,
computando 365 días por año de servicio.
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Se suman los años en esta modalidad
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El tiempo de condena privativa de la
libertad personal, decretada por la Justicia Penal Militar o por la
ordinaria, o de separación temporal, no se computará como tiempo de servicio.
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Tiempo sin actividad en esta modalidad no
suma años
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Cómputo de tiempo doble. A quienes hubieren
adquirido derecho al cómputo de tiempo doble por servicios prestados antes de
1974, se les continuará teniendo en cuenta para efecto del cómputo del tiempo
para la asignación de retiro o pensiones, conforme lo hubieren señalado las
normas correspondientes.
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Se suman los años en tiempo doble en esta modalidad
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