Tiempo de servicio para asignación de retiro Fuerzas Militares y Policía Nacional

Decreto 4433 de 2004
Cómputo tiempo de servicio para asignación de retiro después del año 2005

Tiempo de escuela (Oficiales, suboficiales, Nivel ejecutivo, agentes)
Máximo 2 años
Tiempo de escuela (Soldados Profesionales)
Máximo 6 meses
Tiempo de servicio militar obligatorio en cualquiera de sus modalidades
1 año Bachiller
18 meses Razo
El tiempo que dure como soldado voluntario

Tiempo de alta como servicio activo
3 meses
El tiempo prestado como uniformado en las extinguidas Policías Departamentales o Municipales, siempre y cuando el uniformado policial realice el aporte correspondiente a dicho período a la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, de acuerdo con las normas del presente Decreto.
Se suma los años en esta modalidad
El tiempo de servicio como Oficial, Suboficial, miembro del Nivel Ejecutivo, Agente, o Soldado Profesional, computando 365 días por año de servicio.
Se suman los años en esta modalidad
El tiempo de condena privativa de la libertad personal, decretada por la Justicia Penal Militar o por la ordinaria, o de separación temporal, no se computará como tiempo de servicio.
Tiempo sin actividad en esta modalidad no suma años
Cómputo de tiempo doble. A quienes hubieren adquirido derecho al cómputo de tiempo doble por servicios prestados antes de 1974, se les continuará teniendo en cuenta para efecto del cómputo del tiempo para la asignación de retiro o pensiones, conforme lo hubieren señalado las normas correspondientes.
Se suman los años en tiempo doble en esta modalidad


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